En relación a las dudas surgidas con respecto a la entrada en vigor el próximo 29 de septiembre de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, ponemos a tu disposición un RESUMEN de puntos más importantes para los veterinarios clínicos y propietarios de animales de compañía.
Ante la consulta a la Dirección General de Derechos de los Animales (DGDA) sobre el seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, nos informan de que:
«La interpretación de la DGDA es que el seguro es obligatorio desde la entrada en vigor de la Ley, con cualquier cantidad como cobertura de RC, ya que no se ha regulado un mínimo, salvo normativa autonómica que lo especifique o en el caso de los PPP que si está fijado en el RD 287/2002.”
Es importante destacar, para mayor tranquilidad de los titulares, que la mayor parte de los seguros del hogar ya tienen incluidos perros no PPP en sus coberturas. En este caso, los seguros cubren la obligación legal derivada de la Ley 7/2023.
No obstante, recordar que en el País Vasco aplica la Ley 9/2022, de 30 de junio, de protección de los animales domésticos, donde se indica expresamente en el artículo 4 sobre las obligaciones de las personas titulares o responsables de los animales, en el punto 2 m) que es preciso «Contratar un seguro de responsabilidad civil para la tenencia de perros, y para aquellas especies que se determine reglamentariamente».
Obligación igualmente recogida en el DECRETO 44/2020, de 24 de marzo, de modificación del Decreto sobre tenencia de animales de la especie canina en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en su artículo decimosegundo «Todas las personas propietarias de perros potencialmente peligrosos quedan obligadas a contratar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura mínima de 120.000 euros en el plazo de 10 días desde la identificación del mismo y previamente a la inclusión del animal en el registro correspondiente. No se incluirá en esa cantidad asegurada ningún tipo de franquicia.»
Con respecto al curso de formación para la tenencia de perros, actualmente está pendiente del desarrollo reglamentario de la DGDA. Por lo que no podemos considerar que los propietarios tienen que hacerlo, ya que no existe.